Ley 1231 de 2008 en pdf
Contenido Adicional. Cuando el pago haya de hacerse por cuotas, las facturas contendrn adems: 1. Nmero de cuotas. La fecha de vencimiento de las mismas. La cantidad a pagar en cada una. Los pagos parciales se harn constar en la factura original y en las dos copias de la factura, indicando as mismo, la fecha en que fueren hechos y el tenedor extender al deudor los recibos parciales correspondientes. No obstante, podrn utilizarse otros mecanismos para llevar el registro de los pagos, tales como registros contables o cualquier otro medio tcnicamente aceptado.
En caso de haberse transferido la factura previamente a los pagos parciales, el emisor, vendedor, prestador del servicio o el tenedor legtimo de la factura, debern informarle de ellos al comprador o beneficiario del servicio, y al tercero al que le haya transferido la factura, segn el caso, indicndole el monto recibido y la fecha de los pagos. Artculo 5. El artculo del Decreto de , Cdigo de Comercio, quedar as: Aplicacin de normas relativas a la letra de cambio.
Se aplicarn a las facturas de que trata la presente ley, en lo pertinente, las normas relativas a la letra de cambio. Artculo 6. Transferencia de la factura. El vendedor o prestador del servicio y el tenedor legtimo de la factura, podrn transferirla a terceros mediante endoso del original.
La transferencia o endoso de ms de un original de la misma factura, constituir delito contra el patrimonio econmico en los trminos del artculo del Cdigo Penal, o de las normas que lo adicionen, sustituyan o modifiquen. El endoso de las facturas se regir por lo dispuesto en el Cdigo de Comercio en relacin con los ttulos a la orden. Artculo 7. El artculo del Decreto de , Cdigo de Comercio, quedar as: Obligatoriedad de aceptacin del endoso.
Con el solo hecho de que la factura contenga el endoso, el obligado deber efectuar el pago al tenedor legtimo a su presentacin. En ningn caso y por ninguna razn, podr el deudor negarse al pago de la factura que le presente el legtimo tenedor de la misma, salvo lo dispuesto en el artculo del presente cdigo. Toda estipulacin que limite, restrinja o prohba la libre circulacin de una factura o su aceptacin, se tendr por no escrita.
Pargrafo 1. Adicionado por el art. Pargrafo 2. Artculo 8. Prevencin de lavado de activos. Reglamentado por el Decreto Nacional de , Modificado por el art. Las personas naturales o jurdicas que presten servicios de compra de cartera al descuento debern verificar la procedencia de los ttulos que adquieran. En todo caso, el comprador o beneficiario del servicio queda exonerado de responsabilidad por la idoneidad de quienes acten como factores. Deber informarse a las autoridades competentes sobre cualquier operacin sospechosa de lavado de activos o actividad delictiva.
En todo caso, las empresas de factoring, debern sujetarse a lo regulado por el artculo del Estatuto Orgnico del Sistema Financiero. Solamente podrn prestar servicios de compra de cartera al descuento las empresas legalmente organizadas e inscritas en la Cmara de Comercio correspondiente.
Para todos los efectos legales, se denomina factor a la persona natural o jurdica que preste los servicios de compra de cartera al descuento, al cual no le son aplicables las disposiciones vigentes sobre Preposicin, contenidas en el presente cdigo.
Artculo 9. De transicin. Las facturas cambiarias de compraventa de mercancas y de transporte, libradas bajo el imperio de la legislacin que se deroga, subroga o modifica, conservarn la validez y los efectos reconocidos en dicha legislacin. Artculo Vigencia y derogatoria. La presente ley comenzar a regir tres meses despus de su promulgacin y deroga todas las normas que le sean contrarias. El Secretario General E. Dada en Bogot, D.
Cerrar sugerencias Buscar Buscar. Saltar el carrusel. Carrusel anterior. Carrusel siguiente. Explora Audiolibros. Explora Revistas. Explora Podcasts Todos los podcasts. Dificultad Principiante Intermedio Avanzado. Explora Documentos. Documentos Ciencias sociales Crimen y violencia Ley de Cargado por Anthony Tafur Blanco. Compartir este documento Compartir o incrustar documentos Opciones para compartir Compartir en Facebook, abre una nueva ventana Facebook.
Denunciar este documento. Marcar por contenido inapropiado. Descargar ahora. Ley de Carrusel anterior Carrusel siguiente. Tomo I. Fuentes de Las Obligaciones. Buscar dentro del documento. LEY DE julio 17 Reglamentada parcialmente por los Decretos Nacionales de y de por la cual se unifica la factura como ttulo valor como mecanismo de financiacin para el micro, pequeo y mediano empresario, y se dictan otras disposiciones.
Anderson Pita Gouveia. Edder Chilev. Daniel Perdomo Ibarra. Nataly Moya Ascencio. Abril 29 de 2. A su vez las Sociedades por Acciones Simplificadas — S. Las SAS. E l art. Tomado de Actualicese. Con base en la obra de Bernardo Trujillo Calle. Si es la vista se debe pagar la letra de cambio al momento en que se presenta. Con vencimientos ciertos o sucesivos, que el pago se hace por cuotas.
La cual le puede costar hasta una suma igual a la que consta en el titulo. Clases de protesto en la letra de cambio. En esta forma de vencimiento a varios vencimientos los cuales son sucesivos, por lo tanto la letra de cambio se paga por cuotas. Por no haber realizado el protesto conforme a la Ley.
Los gastos de cobranza. Gastos de transferencia de una plaza a otra. La incapacidad del demandado al suscribir el titulo, por ejemplo que el demandado sea un interdicto judicial.
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